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Mostrando las entradas etiquetadas como Administración pública

El mejor modelo es el que ofrezca más calidad de servicios al ciudadano

Remunicipalización es la palabra consagrada. Las palabras son armas poderosas al servicio de las ideas y la expresión remunicipalización no es inocente ya que evoca una recuperación de lo público para el municipio, cuando en verdad sabemos que jamás la titularidad dejó de ser municipal. No se puede remunicipalizar lo que siempre fue municipal. Se trata de palabras-marketing que venden una ideología simplista que ha tenido su origen en la severa crisis económica por la que ha pasado España, lo que dio pie a que cuajara la idea difundida por algunos sectores de que la culpa la tenían la economía de mercado y las empresas privadas. Esta idea se sintetiza en el binomio: lo privado es malo y lo público es bueno. Esto dio pie a que en las elecciones municipales de 2015 determinadas fuerzas políticas radicales -principalmente Podemos y partidos afines- plantearan que toda la gestión privada que se llevara a cabo en los ayuntamientos había que revertirla y que fuera gestionada...

El principio de libre competencia y el derecho de la Unión Europea

El catedrático de Derecho administrativo Luis Míguez señala, en el primer capítulo del libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos , que el principio de libre competencia se rige en buena medida por las previsiones del Derecho del Unión Europea. Es una primera fuente de limitaciones que afectan a la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos y ello, al menos, desde dos puntos de vista.  Por una parte, cuando la actividad cuya gestión directa pretende asumir el Ayuntamiento no está reservada a la titularidad pública , ni entra en el ámbito de los servicios de carácter social y asistencial que se pueden gestionar al margen de las reglas del mercado, es decir, cuando se trate de una actividad económica sometida al principio de libre competencia, las condiciones en que se desarrolle la gestión directa no pueden vulnerar ese principio. En particular, el régimen económico del servicio deberá perseguir la autofinanciación ...

La Administración no debe renunciar a supervisar la gestión del servicio

Recientemente hemos conocido que la empresa FCC ha demandado al ambientólogo Jordi Colomer por el estudio que le encargó el Ayuntamiento de Badalona sobre el sistema de recogida de basuras de la ciudad. FCC considera que el técnico "vertió imputaciones falsas" sobre el sistema de recogida de residuos de FCC en su informe. El eldiario.es en el siguiente artículo señala que la empresa vincula este objetivo con la trayectoria de Colomer como asesor de gobiernos municipales para recuperar la gestión plenamente pública de servicios externalizados a empresas privadas. Por su parte, Colomer lo niega y defiende que se limitó a realizar un trabajo técnico de asesoría. Esta noticia de actualidad guarda relación con lo que nos señala el profesor Roger Cots, asociado de Derecho Constitucional de la UAB y secretario general de Ayuntamiento de Gavá (Barcelona), quien analiza la función de la Administración en la gestión de los servicios públicos en el libro “El interés general...

¿Es legal remunicipalizar un servicio por motivos del interés público?

Actualmente son numerosos los ayuntamientos en manos de grupos políticos de perfil populista los que defienden volver a una gestión directa de los servicios públicos aferrándose al principio: remunicipalizar por el interés público. Es decir, la Administración podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente apelando al interés general. Sin embargo, con la nueva legislación europea, esto ha cambiado. Tal como explica Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal de la URV, “remunicipalizar un servicio simplemente en nombre del interés público, sin ninguna explicación adicional, no se contempla como motivo, sino que tiene que ser por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, las necesidades de un servicio mejor, el deterioro lo que permita remunicipalizar un servicio”. En la actualidad, “muchos de los ayuntamientos quieren acabar con demasiadas concesiones que funcionan a la perfección, aunque siguen sin considerar los factores judiciales a los q...

La cancelación de la concesión

En el capítulo escrito por Gonzalo Quintero Olivares del libro El interés general y la excelencia de los servicios públicos catedrático de Derecho Penal, se refiere a la cancelación de la concesión. La legislación vigente enumera las causas de resolución de los contratos de gestión de servicios públicos. De acuerdo a la ley, la Administración podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente por razones de interés público debido a su “potestad originaria”. Aquí es donde Quintero considera que nace el problema en la interpretación del significado que tiene la llamada “competencia originaria” que, en ocasiones, ha sido traducida como libérrima potestad de recuperación de la gestión directa del servicio, sin que nada pueda oponerse a esa decisión. La especificación de cuáles son las razones de interés público, no serían motivos derivados del contrato de concesión sino argumentos meta-contractuales. Esa manera de entender el fin de la concesión administrativa es...

Aspectos que dificultan la “remunicipalización” de los servicios públicos

¿Cuáles son los límites para la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos? Luis Míguez, catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela responde a esta cuestión en el primer capítulo del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos. Por un lado, nos topamos con el principio de libre competencia y el derecho de la Unión Europea , que encuentra su anclaje constitucional en el reconocimiento de libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, y en la actualidad, se rige en buena medida por las previsiones del Derecho de la Unión Europea. “Esta es una primera fuente de limitación” manifiesta Míguez. Los principios de sostenibilidad financiera, eficiencia y eficacia constituyen un segundo bloque de obstáculs. El catedrático resalta que ello no se limitan a imponer al Ayuntamiento que justifique que la forma de gestión elegida va a ser sostenible financieramente, eficiente y efi...

Cambios en el paradigma de la gestión de los servicios públicos

Desde hace más de dos décadas la colaboración público-privada ha dominado en nuestro país como modelo de gestión de los servicios públicos. No obstante, desde hace solo una legislatura -concretamente desde el 2015- muchos de los ‘ayuntamientos del cambio’ han reclamado la vuelta a la gestión directa, sobre todo de servicios como el suministro agua, la recogida de basuras o el cuidado de parques y jardines. Recientemente la Confederación Empresarial de la Comunidad Valenciana (CEV) ha reafirmado su apuesta por el modelo de colaboración público-privado porque “ permite una gestión más eficiente de los servicios públicos, aporta una mayor flexibilidad e innovación, y permite que los servicios públicos, en un contexto de recursos escasos, se presten en mejores condiciones a toda la población y a todos los territorios" . Como lamenta Manuel Pimentel, coeditor y coautor del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos, “en los últimos años solo se ha cu...

¿Cuál ha de ser la responsabilidad de la Administración en la gestión de los servicios públicos?

Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal y coautor del libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos , expone en el mismo que la Administración actual ha perdido el cómodo privilegio de recuperar concesiones sin dar explicaciones e invocando al interés público. Quintero añade que antes “el interés público era un cajón de sastre donde se metía cualquier cosa". El motivo es que ahora es "un tiempo nuevo, y las obligaciones de las administraciones públicas al construir una concesión son mucho más complejas". Hoy en día, gracias a la última reforma legislativa ha desaparecido la posibilidad de “rescatar” un servicio público aludiendo al interés público o con argumentos poco elaborados, sustenta el catedrático. Actualmente, ocurre que muchas Administraciones como Madrid, Valladolid, Terrassa o Barcelona han decidido recuperar la gestión del servicio cedido, pero esa recuperación, remarca el autor, exigirá un procedimiento administrativo co...

Público vs privado. Conceptos erróneos

En el debate sobre quién debe prestar los servicios públicos municipales, suelen reproducirse de forma interesada algunos conceptos erróneos que deben ser aclarados. Por un lado, para Manuel Pimentel empresario y coeditor del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos , "hay que recordar cuando se dice que se va a recuperar la gestión para el sector público, que la gestión siempre fue de titularidad pública, aunque fuera realizada por una empresa”. En su opinión, lo que se privatiza es la gestión del servicio que pasa a manos de una empresa, sin embargo, el servicio es público y seguirá siendo público, con independencia de su forma de gestión. Otra confusión común es manifestar que el servicio gestionado de forma indirecta pasa a control de la empresa que lo presta. Como explica Carlos Alfonso, presidente del Consejo Económico y Social de la Comunidad Valenciana y coautor del mismo libro, “la administración tiene siempre la obligación, un deber ...

Luis Míguez: “Hay que priorizar el análisis técnico por encima de cuestiones ideológicas a la hora de elegir un modelo de gestión”

La Cámara de Comercio de Santiago de Compostela ha reunido recientemente a Luis Míguez, catedrático de Derecho Administrativo en la USC y escritor del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos ; Francisco Caamaño, catedrático de Derecho Constitucional y ex ministro de Justicia; Valeriano Gómez, economista y ex ministro de Trabajo e Inmigración, entre otros expertos, para generar un debate en torno a los modelos de gestión en la prestación de los servicios públicos. Durante su intervención, el catedrático Luis Míguez dejó claro que “ cuando un Ayuntamiento quiere reinternalizar un servicio público asumiendo su gestión directa, siempre tendrá que estar equiparado con todos los recursos humanos, materiales, legales y técnicos necesarios para asegurarse de que el servicio llegue al ciudadano correctamente de la manera más eficiente y eficaz posible ”. En la misma línea, Francisco Caamaño, exministro de Justicia, remarcó que “ es un error volver a l...

Carlos L. Alfonso: “no puede ser una moda ni privatizar ni remunicipalizar, hay que ver la mejor opción en cada caso”

Carlos L. Alfonso Mellado, presidente del Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana, catedrático en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València y coeditor del libro 'El interés general y la excelencia de los servicios públicos' alerta en una entrevista al medio Las Provincias del riesgo que conlleva por parte de la administración tanto privatizar un servicio como remunicipalizarlo únicamente por motivos ideológicos y defiende que las adjudicaciones no se rijan sólo por el coste. Para el experto desde hace años “la Administración se ha preocupado mucho por abaratar servicios y ese ha sido un error a medio y largo plazo”. Sin embargo, apunta Alfonso, actualmente, gracias a la nueva ley de contratos del Sector Público este punto del ”abaratamiento” estará controlado, pues es este factor lo que hace empeorar el empleo y el servicio. De modo que, ¿cuál es la mejor gestión para los servicios urbanos de una ciudad? Para el catedrát...

Posibles consecuencias para los trabajadores en casos de remunicipalización

La apuesta del Ayuntamiento de Madrid por “remunicipalizar” cinco polideportivos municipales se va a quedar en suspenso otros seis meses más. Esto es debido a la protesta impulsada por los sindicatos, que temen por la situación de sus 250 trabajadores tras conocer la intención del consistorio de volver a una gestión directa del servicio. Como bien comenta María José Feijoo, profesora titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Autónoma de Barcelona en el libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos: “cuando se plantea la reinternalización de un servicio municipal no es automático que los contratados se conviertan en empleados públicos. No se puede afirmar eso”. En esta misma línea la experta sostiene que al “remunicipalizar” la gestión de un servicio operado hasta la fecha por una empresa privada, la consecuencia no es un trasvase automático de contratado laboral a empleado público. Es por eso, por lo que los trabajadores sufren por sus lugare...

¿Qué criterios debe tener en cuenta la Administración para la gestión de un servicio público?

Roger Cots, profesor asociado de Derecho Constitucional de la UAB y secretario general de Ayuntamiento de Gavá (Barcelona), analiza la función de la Administración en la gestión de los servicios públicos en el libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos. Para el experto, “el elemento clave que ha de tener en cuenta la Administración -a la hora de decidir quién gestiona una prestación municipal- es que la decisión administrativa se debe fundamentar en todo momento en base al interés público” .   Así, la Administración siempre pondrá el foco en buscar la fórmula más eficiente en beneficio del interés general. Para ello, se tendrán en cuenta tres elementos: la sostenibilidad económica, es decir, garantizar que la forma de gestión de servicio público sea más eficaz, de calidad y tenga la capacidad de aportar valor al ciudadano; el segundo, el esfuerzo y la motivación para formar un buen gobierno, una buena gobernanza hacia el ciudadano; y tercer elemento a...

¿Cuáles son las fórmulas de prestación de un servicio en un municipio?

En la actualidad son cuatro las fórmulas posibles   de prestación de servicios a nivel municipal en España, tal y como se expone en el libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos. En primer lugar, se da la gestión directa , en la que los servicios públicos son gestionados, controlados y suministrados directamente por la Administración local. Otra opción es la gestión directa mediante descentralización funcional , es decir, cuando el gobierno local crea agencias para la provisión de los servicios tales como organismos autónomos, entes públicos empresariales, empresas públicas o fundaciones, que serán capaces de prestar los servicios con mayor rapidez y se adaptaran más a las necesidades de los ciudadanos. Por otro lado, la gestión indirecta mediante externalización , la Administración local establece un contrato con una empresa privada para la prestación de un servicio concreto. Sin embargo, aunque es la empresa privada la que se encarga de la pr...

¿Remunicipalizar un servicio por motivos del interés público es legal?

Actualmente son numerosos los ayuntamientos en manos de grupos políticos de perfil populista los que defienden volver a una gestión directa de los servicios públicos aferrándose al principio: remunicipalizar por el interés público. Es decir, la Administración podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente apelando al interés general. Sin embargo, con la nueva legislación europea, esto ha cambiado. Tal como explica Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal de la URV, “remunicipalizar un servicio simplemente en nombre del interés público, sin ninguna explicación adicional, no se contempla como motivo, sino que tiene que ser por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, las necesidades de un servicio mejor, el deterioro, entre otras cosas lo que permita remunicipalizar un servicio”. En la actualidad, “muchos de los ayuntamientos quieren acabar con demasiadas concesiones que funcionan a la perfección, aunque siguen sin considerar los factores...

¿Cuáles son las implicaciones organizativas para la Administración en procesos de remunicipalización?

   El fenómeno de la remunicipalización es un concepto en la actualidad muy “ideologizado” sobre todo desde que los gobiernos de izquierdas han empezado a estar al frente del poder en los principales ayuntamientos del país. Así lo cree Luis Míguez, catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela en el primer capítulo del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos, quien afirma que los ayuntamientos han de tener muy claro que “una vez deciden tomar de forma directa la gestión de un servicio público siempre tendrán que dotarse de los medios necesarios para llevarlo a cabo y adaptar su estructura organizativa a esa nueva tarea de la que se hace cargo”. En cuanto a medios personales es preciso tener en cuenta tres factores: en primer lugar, la eventual subrogación del Ayuntamiento en la posición del anterior gestor del servicio, con todas las complicaciones que ello presenta para la integración de los trabajadores ...

Dos nuevas directivas europeas cambian el concepto en materia de concesiones administrativas

Gonzalo Quintero Olivares, catedrático de Derecho Penal explica en una entrevista para Confilegal las dos Directivas de la Unión Europea que han acabado con una de las “tradiciones españolas” en materia de concesiones. Gracias a estas pautas europeas, “la Administración pública desde hace pocos años, está obligada a explicar las razones por las que ha decidido cesar en la prestación de un servicio, transfiriéndolo a una empresa pública”, concreta. Para el experto esto ha supuesto la desaparición de resolver anticipadamente concesiones de obras o servicios mediante la técnica del rescate por motivos de interés público, pues el rescate deja de ser una ‘prerrogativa’ del poder adjudicador.   Las Directivas 2014/23/UE relativas a la adjudicación de contratos de concesión y 2014/24/UE sobre contratación pública establecen un listado cerrado de cancelación anticipada que no incluye “la vaga e hispánica causa de interés público ”. Con estas condiciones no cabe duda de ...