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Aspectos que dificultan la “remunicipalización” de los servicios públicos


¿Cuáles son los límites para la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos? Luis Míguez, catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela responde a esta cuestión en el primer capítulo del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos.

Por un lado, nos topamos con el principio de libre competencia y el derecho de la Unión Europea, que encuentra su anclaje constitucional en el reconocimiento de libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, y en la actualidad, se rige en buena medida por las previsiones del Derecho de la Unión Europea. “Esta es una primera fuente de limitación” manifiesta Míguez.

Los principios de sostenibilidad financiera, eficiencia y eficacia constituyen un segundo bloque de obstáculs. El catedrático resalta que ello no se limitan a imponer al Ayuntamiento que justifique que la forma de gestión elegida va a ser sostenible financieramente, eficiente y eficaz, sino que obligan a desarrollar un análisis comparativo que acredite que lo va a ser en mayor medida que otras alternativas. Por esa razón, el experto defiende que “cuando se trata de cambiar la forma de gestión de un servicio que ya era de titularidad o competencia municipal, requerir este juicio comparativo equivale en la práctica a dar preferencia a la modalidad establecida frente a cualquier otra que se quiere implantar”.

Por último, no hay que olvidar las limitaciones a la incorporación de nuevo personal a las administraciones públicas que imponen las leyes de presupuestos generales del Estado. Para Luis Miguez “esas restricciones se fundamentan en la competencia de los órganos generales del Estado sobre bases que consisten no sólo en la fijación de un techo presupuestario a los gastos de personal de las distintas entidades públicas, sino también, y lo más importante, a los efectos de este trabajo, en la prohibición directa de que se incorpore nuevo personal más allá de ciertos límites cuantitativos”. Los límites a los que se está haciendo alusión se establecen por referencia a la llamada “tasa de reposición”, que señala el porcentaje del personal perdido por una Administración pública en el ejercicio inmediatamente anterior y que se puede reponer a través de la oferta empleo público del ejercicio vigente. 

En la presentación del mencionado libro, Luis Míguez enfatizó que “la remunicipalización ha sido un fiasco, los ayuntamientos se encuentran con que no son capaces de asumir la gestión directa porque dependen de transferencias y subvenciones que a veces no llegan”. Motivos que ponen de manifiesto las dificultades que plantea una vuelta a la gestión directa.           

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