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Mostrando entradas de marzo, 2018

¿Cuáles son los límites jurídicos con los que topan los Ayuntamientos al asumir la gestión directa de los servicios públicos?

El catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela, Luis Miguez Macho ha explicado en la introducción del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos las implicaciones que se han de tener en cuenta a la hora de decidir si asumir la gestión directa de un servicio público. “La Administración municipal tendrá que integrar en su organización los recursos materiales y humanos necesarios para la gestión del servido, y por ello existen distintas alternativas legales”, reitera el catedrático. Luis Miguez Macho en la presentación del libro en Madrid Los límites jurídicos con los que se encuentra la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos de su titularidad o competencia se han de tener presentes. “Hay tres, por lo menos que no puede obviarse: el principio de libre competencia dentro del marco del Derecho de la Unión Europea; los principios de sostenibilidad financiera, eficiencia y eficaci

Manuel Pimentel habla sobre la titularidad de los servicios públicos

El exministro, jurista y coeditor del libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos Manuel Pimentel, ha explicado a Diario Sur que la titularidad de los servicios municipales ha sido siempre pública y que en ningún caso es posible plantear la pérdida del carácter público de los servicios públicos municipales básicos. Otra cosa es que esos servicios puedan gestionarse de manera directa como externalización a través de una empresa, en función de la libre y legal decisión municipal. “Corresponde por tanto a los ayuntamientos no sólo la titularidad, sino la ineludible responsabilidad del control”, manifiesta sobre el debate en torno al concepto de remunicipalización. El exministro aclara que tanto la gestión directa como la externalizada son posibles y deben analizarse caso por caso. “Hay servicios directos que funcionan muy bien, al igual que los hacen a plena satisfacción la mayoría de los de gestión privada”, reitera. “No debe tomarse ninguna de

¿Remunicipalización o reinternalización?

Una de las cuestiones que se tratan, de forma preliminar, en el libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos es el propio concepto de “remunicipalización”, un término utilizado de forma errónea según los autores de dicha obra. Manuel Pimentel, empresario, editor y ex ministro de Trabajo, aclara que los servicios públicos no se pueden “remunicipalizar” ya que siempre han sido municipales. En este sentido, en una entrevista a CatalunyaPress , el coeditor del libro matiza que   “ tanto por nuestra Constitución como por nuestras leyes, la titularidad de los servicios públicos siempre es pública. (…) El término 'remunicipalización' evoca una recuperación de lo público para el municipio, cuando lo cierto es que nunca ha dejado de ser de titularidad municipal. Otra cosa es que, legalmente, ese servicio pueda prestarse de manera directa por el municipio, o externalizando su gestión a través de una empresa”. En esta misma línea se manifiesta Luis Mígu

Roger Cots: “La Administración debe supervisar y controlar los servicios públicos en caso de gestión indirecta”

El profesor asociado de Derecho Constitucional de la UAB y también secretario general del Ayuntamiento de Gavá (Barcelona), Roger Cots, analiza la figura de la Administración en cuanto a su influencia en la decisión del municipio respecto a quién gestiona los servicios públicos.

Carlos L. Alfonso Mellado: “Un servicio público siempre ha de garantizar la calidad y ser socialmente responsable”

Carlos L. Alfonso Mellado, presidente del Comité Económico y Social de la Comunidad Valenciana y catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la UV, expone las implicaciones que conlleva la “remunicipalización” de un servicio público, especialmente en el ámbito laboral. 

María José Feijóo: “No hay un trasvase automático de contratado laboral a empleado público en caso de remunicipalización”

La profesora titular de Derecho del Trabajo de la Universidad Autónoma de Barcelona y coeditora del libro El interés general y la excelencia en los servicios públicos, María José Feijóo, ha explicado a Confilegal qué ocurre con los empleados de empresas de servicios en proceso de remunicipalización. Feijoo explica que “hay que dejar muy claro que cuando se produce la remunicipalización de una empresa privada o internalización, la consecuencia no es un transvase automático de contratado laboral a empleado público”. “Uno no accede a empleado público de la noche a mañana. El proceso de selección, más o menos es largo y complejo, en función de aquello que determinen las bases de la convocatoria”. “La decisión, está sometida a las leyes de presupuestos en las cuales siempre hay una limitación en materia de tasa de reposición. Sólo se van a cubrir en un porcentaje que se establece previamente”, aclara sobre la subrogación de trabajadores en el caso de remunicipalización del servicio.

Gonzalo Quintero analiza las posibles consecuencias penales de remunicipalizar un servicio

El catedrático de Derecho Penal de la Universidad Rovira y Virgili (URV), Gonzalo Quintero, analiza las posibles consecuencias penales de la recuperación de la gestión de un servicio público por parte de la Administración pública, en caso de producirse de tramitarse de forma incorrecta.

Carlos L. Alfonso, catedrático de derecho del Trabajo: “Los ciudadanos tienen derecho a tener buenos servicios públicos”

El catedrático en derecho y co-autor de El Interés general y la excelencia en los Servicios Públicos , Carlos Luis Alfonso Mellado, ha explicado en una entrevista a Confilegal que no hay una "única respuesta" a la hora de elegir entre gestión pública o privada. “Habrá que ver cuál de las dos garantiza mejor, en cada caso concreto las condiciones que debe cumplir un servicio público. No se puede decir que lo público es mejor, o lo privado es mejor. Porque no es verdad. En unos casos será mejor lo público que lo privado y en otros casos, al revés”, explica. Sin embargo, el experto en derecho se detiene a la hora de resaltar los problemas derivados de reinternalizar un servicio gestionado de forma privada o mixta: “Las limitaciones laborales son esenciales. Porque normalmente el contratista privado tiene un personal y se intenta que este personal siga la suerte del servicio. Si otro contratista o la Administración se hace cargo del servicio, que se haga cargo de este person

La remunicipalización a debate: ¿Es rentable para los ayuntamientos?

Un nutrido grupo de expertos se ha reunido para debatir sobre los procesos de remunicipalización y los riesgos asociados a los mismos. Se trata de  Manuel Pimentel , doctor en Derecho y exministro de Trabajo;  Carlos Alfonso , presidente del Consejo Económico y Social de la Comunidad Valenciana;  Luis Míguez , catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela;  Roger Cots i Valverde , secretario general del Ayuntamiento de Gavá y profesor asociado de Derecho Constitucional de la UAB;  María José Feijóo , profesora titular Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universitat Autònoma de Barcelona y  Gonzalo Quintero , catedrático de Derecho penal en la Universidad Rovira i Virgili. Pimentel recuerda que hay muchos tipos de gestiones, tanto en el ámbito público como en el privado. Lo importante es la inversión en "innovación, tecnología, la compartición de gastos y la eficiencia". En este sentido, la gestión privada suele superar en cal