Una de las cuestiones que se
tratan, de forma preliminar, en el libro El
interés general y la excelencia en los servicios públicos es el propio
concepto de “remunicipalización”, un término utilizado de forma errónea según
los autores de dicha obra.
Manuel Pimentel, empresario,
editor y ex ministro de Trabajo, aclara que los servicios públicos no se pueden
“remunicipalizar” ya que siempre han sido municipales. En este sentido, en una
entrevista a CatalunyaPress,
el coeditor del libro matiza que “tanto por nuestra Constitución como por
nuestras leyes, la titularidad de los servicios públicos siempre es pública. (…)
El término 'remunicipalización' evoca una recuperación de lo público para el
municipio, cuando lo cierto es que nunca ha dejado de ser de titularidad
municipal. Otra cosa es que, legalmente, ese servicio pueda prestarse de manera
directa por el municipio, o externalizando su gestión a través de una empresa”.
En esta misma línea se manifiesta
Luis Míguez, catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de
Santiago de Compostela y autor de numerosas publicaciones en el ámbito de los
servicios públicos. El experto jurista destaca que “en el sentido moderno de la expresión “municipalización”, esas
actividades no dejaron de estar “municipalizadas” por el hecho de que se
gestionasen de forma indirecta y, por lo tanto, no necesitan ser
“remunicipalizadas”. Por este motivo, habría que hablar de internalizar la gestión de las
actividades que en su día fueron externalizadas.
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