¿Cuáles son los límites para la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos? Luis Míguez, catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela responde a esta cuestión en el primer capítulo del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos. Por un lado, nos topamos con el principio de libre competencia y el derecho de la Unión Europea , que encuentra su anclaje constitucional en el reconocimiento de libertad de empresa en el marco de la economía de mercado, y en la actualidad, se rige en buena medida por las previsiones del Derecho de la Unión Europea. “Esta es una primera fuente de limitación” manifiesta Míguez. Los principios de sostenibilidad financiera, eficiencia y eficacia constituyen un segundo bloque de obstáculs. El catedrático resalta que ello no se limitan a imponer al Ayuntamiento que justifique que la forma de gestión elegida va a ser sostenible financieramente, eficiente y efi...
¿Por qué, después de años de externalizar la gestión de los servicios, exitosamente en una mayoría de casos, vuelve a aparecer con fuerza relativa la idea de la conocida como remunicipalización?