En el capítulo escrito por Gonzalo Quintero Olivares del libro El interés general y la excelencia de los servicios públicos catedrático de Derecho Penal, se refiere a la cancelación de la concesión. La legislación vigente enumera las causas de resolución de los contratos de gestión de servicios públicos. De acuerdo a la ley, la Administración podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente por razones de interés público debido a su “potestad originaria”. Aquí es donde Quintero considera que nace el problema en la interpretación del significado que tiene la llamada “competencia originaria” que, en ocasiones, ha sido traducida como libérrima potestad de recuperación de la gestión directa del servicio, sin que nada pueda oponerse a esa decisión. La especificación de cuáles son las razones de interés público, no serían motivos derivados del contrato de concesión sino argumentos meta-contractuales. Esa manera de entender el fin de la concesión administrativa es...
¿Por qué, después de años de externalizar la gestión de los servicios, exitosamente en una mayoría de casos, vuelve a aparecer con fuerza relativa la idea de la conocida como remunicipalización?