Ir al contenido principal

¿Hay riesgos laborales cuando la Administración decide “remunicipalizar” un servicio?

La ciudad de Córdoba acaba de anunciar que el mantenimiento de parques y jardines, un servicio privatizado en un 30%, será prestado a partir de ahora por parte de Sadeco, la empresa municipal de saneamiento del municipio.


Esta “remunicipalización” implica la subrogación de 64 empleados de Thales y Clece que están prestando el servicio, trabajadores que no han tardado en convocar una huelga en septiembre. ¿El motivo? “No vemos cómo están velando por nuestras garantías laborales, no están suficientemente preservadas. Además, consideramos que segregar un servicio que lleva en la entidad local desde tiempo inmemorial es motivo suficiente para manifestar nuestros derechos.”

El propio director general de Recursos Humanos del Ayuntamiento ha votado en contra de la “remunicipalización total”, porque no se están asegurando las garantías laborales de sus trabajadores y además cree que en este proceso “se plantean muchas lagunas jurídicas, donde es imposible poder cubrir toda la demanda de personal necesaria”. 

Los aspectos laborales son uno de los principales límites con los que los Ayuntamientos topan a la hora de “remunicipalizar” ciertos servicios públicos, una cuestión que no es tan sencilla de resolver jurídicamente, tal y como exponen los expertos del libro El interés general y la excelencia de los servicios públicos

María José Feijóo, profesora titular Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad Autónoma de Barcelona sostiene que para acceder a la condición de empleado público y respetar el principio de méritos sería necesario superar un proceso de formación y selección. Por ello, en el cambio a la gestión directa muchas personas se podrían ver afectadas.

Por su parte, Manuel Pimentel, doctor en Derecho, exministro de Trabajo y coeditor deja muy claro que “la vuelta a lo público no puede suponer nunca un empeoramiento de la calidad del empleo ni la estabilidad de los trabajadores, eso siempre se ha de tener en cuenta”.

No obstante, ¿existen suficientes garantías para impedir la precarización del empleo? Para Carlos L. Alfonso, presidente del Consejo Económico y Social de la Comunidad Valenciana, con la nueva legislación de contratación público de 2017 es esencial que exista trasmisión de bienes patrimoniales entre el empresario que cede el servicio y la administración que lo recupera, porque de eso determinará que haya sucesión o no.

“Y es desde esta decisión lo que dependerá que se pueda incorporar a los trabajadores como empleados manteniendo su estabilidad”, concluye el experto. 

Comentarios

Entradas populares de este blog

¿Remunicipalizar un servicio por motivos del interés público es legal?

Actualmente son numerosos los ayuntamientos en manos de grupos políticos de perfil populista los que defienden volver a una gestión directa de los servicios públicos aferrándose al principio: remunicipalizar por el interés público. Es decir, la Administración podrá acordar el rescate del servicio para gestionarlo directamente apelando al interés general. Sin embargo, con la nueva legislación europea, esto ha cambiado. Tal como explica Gonzalo Quintero, catedrático de Derecho Penal de la URV, “remunicipalizar un servicio simplemente en nombre del interés público, sin ninguna explicación adicional, no se contempla como motivo, sino que tiene que ser por el incumplimiento de las obligaciones contractuales, las necesidades de un servicio mejor, el deterioro, entre otras cosas lo que permita remunicipalizar un servicio”. En la actualidad, “muchos de los ayuntamientos quieren acabar con demasiadas concesiones que funcionan a la perfección, aunque siguen sin considerar los factores...

Luis Míguez: “Hay que priorizar el análisis técnico por encima de cuestiones ideológicas a la hora de elegir un modelo de gestión”

La Cámara de Comercio de Santiago de Compostela ha reunido recientemente a Luis Míguez, catedrático de Derecho Administrativo en la USC y escritor del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos ; Francisco Caamaño, catedrático de Derecho Constitucional y ex ministro de Justicia; Valeriano Gómez, economista y ex ministro de Trabajo e Inmigración, entre otros expertos, para generar un debate en torno a los modelos de gestión en la prestación de los servicios públicos. Durante su intervención, el catedrático Luis Míguez dejó claro que “ cuando un Ayuntamiento quiere reinternalizar un servicio público asumiendo su gestión directa, siempre tendrá que estar equiparado con todos los recursos humanos, materiales, legales y técnicos necesarios para asegurarse de que el servicio llegue al ciudadano correctamente de la manera más eficiente y eficaz posible ”. En la misma línea, Francisco Caamaño, exministro de Justicia, remarcó que “ es un error volver a l...

¿Cuáles son los límites jurídicos con los que topan los Ayuntamientos al asumir la gestión directa de los servicios públicos?

El catedrático de Derecho administrativo en la Universidad de Santiago de Compostela, Luis Miguez Macho ha explicado en la introducción del libro: El interés general y la excelencia en los servicios públicos las implicaciones que se han de tener en cuenta a la hora de decidir si asumir la gestión directa de un servicio público. “La Administración municipal tendrá que integrar en su organización los recursos materiales y humanos necesarios para la gestión del servido, y por ello existen distintas alternativas legales”, reitera el catedrático. Luis Miguez Macho en la presentación del libro en Madrid Los límites jurídicos con los que se encuentra la asunción por los Ayuntamientos de la gestión directa de los servicios públicos de su titularidad o competencia se han de tener presentes. “Hay tres, por lo menos que no puede obviarse: el principio de libre competencia dentro del marco del Derecho de la Unión Europea; los principios de sostenibilidad financiera, eficiencia y eficaci...